El 'control de convencionalidad' es un mecanismo que debe ser llevado a cabo, primero por los cuerpos judiciales domésticos, haciendo una 'comparación' entre el derecho local y el supranacional, a fin de velar por el efecto útil de los instrumentos internacionales, sea que surja de los tratados, del ¡us cogens o de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; y luego esa tarea debe ser ejercida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos si es que el caso llega a sus estrados.
The conventionality 'control' is a mechanism that should be carried out first by the domesticjudiciary, making a 'comparison' between local and supranational law, to ensure the effectiveness of international instruments, is arising from treaties, the jus cogens or the jurisprudence of the Inter-American Court of Human Rights, and then that task should be exerdsed by the Interamerican Human Rights Court if the case goes to his courtroom.